diciembre 23, 2024

Facultades Peligrosas (parte 2)

El Congreso deberá evaluar si corresponde otorgar facultades tan amplias como han sido solicitadas, o si las acota, dado todo lo visto hasta el momento.

En la primera parte de esta columna (Facultades peligrosas parte 1) presenté argumentos por los cuales el alcance y contenido general de las facultades delegadas solicitadas en materia tributaria no eran oportunas en el momento actual, o no contaban con sustento razonable. Paso a explicar algunos ejemplos concretos, para luego abordar las facultades solicitadas en otras materias.

Se plantea subir el impuesto a las rentas del trabajo de personas naturales (IRT) agregando un tramo adicional (sobre el de 30%). Dado que la tasa máxima en el Perú está en el promedio de América Latina, se puede argumentar en ambas direcciones sobre la conveniencia o no de aumentar dicha tasa, sin embargo, como ya se explicó, esta propuesta vendría acompañada también de subidas a otras fuentes de generación de renta personal (alquileres, ventas de inmuebles, dividendos y otras rentas en mercados de capitales), y no se toman en consideración las inequidades contributivas derivadas de la alta informalidad tributaria (evasión), entre otros argumentos relevantes para una decisión de esta naturaleza. El gobierno tampoco ha sido transparente sobre lo que quiere hacer. El texto de la solicitud de delegación es amplio y ampara cualquier tipo de modificación, pero el Ejecutivo nunca había señalizado un cambio de régimen. Sin embargo, ayer, publica una nota de prensa que sugiere que sumarían estas rentas a las del trabajo para efectos de la aplicación del impuesto, efectivamente gravando las rentas de alquileres (1ª categoría) a la tasa más alta de las del trabajo. Es decir, para quienes tienen rentas del trabajo y lograron ahorrar e invertir en algún inmueble para generar renta, el impuesto subiría hasta en seis o siete veces (de 5% a 30%/35%). Ello además de reducir los topes de deducciones por rentas de trabajo independiente. Eso no es progresividad sino abuso de los contribuyentes formales, partiendo por la clase media.

El sesgo de la propuesta es aún más evidente dado que hay más de un millón de potenciales contribuyentes que cuentan con capacidad contributiva y deberían pagar IRT pero no lo hacen dado que la deducción general de 7 UITs (más de 2,500 soles mensuales) es muy alta en comparación internacional. Y esa no plantean bajarla pese a que el MEF, en ese caso, si cuenta con múltiples informes al respecto. No sólo eso. El gobierno ha planteado otorgarles un bono con un costo anual potencial superior a los dos mil millones de soles.

Asimismo, se propone retirar la inafectación de IGV a las pólizas de seguros de vida (que haría que suban 18%), en plena pandemia, bajo el argumento de regresividad. ¿Por qué el gobierno querría penalizar a aquellos que actúan responsablemente, protegiendo a sus familias de riesgos catastróficos y de paso liberando de cargas futuras al Estado?

En el caso de la tributación minera, ya es fuertemente progresiva desde la reforma tributaria del 2011. El gobierno debería publicar las proyecciones de recaudación de este sector, para apreciar la magnitud de dicha progresividad. En vez de eso, cita un estudio que estima una carga tributaria fija para el Perú, algo por definición imposible dada que es creciente con utilidad operativa. Y ese es el argumento para modificar tasas, tramos, todos los impuestos (IEM, GEM, regalías), gastos deducibles, convenios de estabilidad, etc. Para un gobierno acostumbrado a redefinir los términos del diccionario, cabe preguntarse qué entiende por mantener la “competitividad” del sector, más aún en el contexto de fuerte conflictividad bajo el cual se encuentra.

En materia financiera se plantea una expansión agresiva de las funciones crediticias del Banco de la Nación (BN) pese a que no tiene experiencia en evaluación de riesgo crediticio, y, por tanto, podrían generarse contingencias fiscales (ex post), como lo ha evidenciado históricamente la banca de fomento en el Perú. Tampoco se ha evaluado el impacto sobre la estabilidad del sistema de microfinanzas de enfrentar una potencial competencia desleal que en la práctica no respete el principio de subsidiariedad, pues, para empezar, el BN cuenta con fondeo gratuito. Además, exonerar al BN de una serie de aprobaciones ex ante de Fonafe carece de sustento y potencia los riesgos antes señalados. ¿Se propondrá supervisión y requisitos idénticos a la Banca Múltiple? No, eso no está incluido.

En infraestructura buscan hacer cambios al marco normativo de APPs, sin sustento ni explicación de qué y por qué. Desde el 2015, año en que se modernizó el marco legal, logrando ser el único país no miembro de la OCDE en adherirse a sus Estándares de Gobernanza en APPs, la tarea pendiente era la implementación y fortalecimiento de actores y procesos. Sin embargo, los gobiernos posteriores han sacado sus propias leyes de APPs, lo cual ha devenido en una paralización del sistema y generado impredecibilidad de reglas de juego. El marco vigente ya es adecuado tras el último cambio. Lo que toca es implementar.

¿Significa esto que no hay nada rescatable en la solicitud de delegación de facultades? Sí lo hay: medidas de administración tributaria incluyendo compromisos OCDE para reducir evasión y elusión, la simplificación de los regímenes tributarios especiales (nuevo RUS, RER, MYPE tributario), reinstaurar los beneficios irresponsablemente retirados por el anterior Congreso a acuicultura y forestal, o la afectación con IGV de actividades de economía digital.

Dicho esto, la mayor parte de las materias de delegación carecen de sustento y son tan amplias que la magnitud del daño que podría ocasionar el gobierno es enorme. Corresponde al Congreso ponderar estos riesgos antes de tomar una decisión. Arrepentirse ex post no sirve de nada.

Original publicado en Gestión.