diciembre 23, 2024

Mejor gobernar que prohibir

Sobre las recientes ordenanzas que pretenden regular el uso del espacio público.

Red Latinoamericana de Urbanistas www.urbanistas.lat 

Mayo ha sido el mes de la polémica en torno al uso de los espacios públicos distritales. A inicio de mes la Municipalidad Distrital de Miraflores aprobó la Ordenanza N° 518/MM, con el objetivo de regular y promover la convivencia en los espacios públicos dentro del distrito, principalmente en lo que respecta a la circulación de vehículos eléctricos de movilidad personal como patinetas, scooters, monopatines, monociclos, vehículos auto equilibrados, etc., así como respecto a la circulación y comportamiento de las personas. Pocos días después, la Municipalidad de San Isidro hizo lo propio con el Acuerdo de Concejo N°018-2019-MSI, la cual pre-publica la Ordenanza que regula el uso y operación de dichos vehículos. Ambos instrumentos se dan al amparo de las obligaciones administrativas que tienen los distritos sobre el ornato, mantenimiento y uso de dichos espacios.  

Fuente: El Comercio

Estos esfuerzos regulatorios ponen en evidencia que el principio dicotómico automóvil – peatón, mediante el cual se ha concebido la reglamentación nacional y el diseño de nuestras vías, está caduco. Muestra de ello son las diferentes leyes y reglamentaciones que promueven sistemas de movilidad no motorizada como solución a los desplazamientos de corta distancia y como incentivo a la salud y cuidado medio ambiental (entre ellos, el recientemente creado “Programa de Transporte no Motorizado” del Ministerio de Transportes y Comunicaciones).  Asimismo, si bien aún no contamos con una red segura de ciclovías a nivel metropolitano, son varios los distritos que se han preocupado por implementarlas, buscando cierta conexión para hacer más eficiente su servicio.

El principio dicotómico automóvil – peatón está caduco. ¿Las recientes ordenanzas para regular la circulación de vehículos ligeros apuntan a un proceso de adaptación a favor de las personas?

Este lento proceso de adaptación ha sido sacudido por la aparición de otros aparatos que ya sea por su dimensión, flexibilidad o fuente de energía, se han multiplicado en nuestras calles, sobre todo a partir de la operación de dos empresas que ofrecen el alquiler de scooters eléctricos mediante el uso de aplicativos.  Ello ha terminado de poner en crisis la distribución de los usos en el espacio público y, sobre todo, en riesgo a los peatones.

En ese sentido, ambas ordenanzas son importantes en dos aspectos fundamentales:

Ahora bien, cuando profundizamos en ambas regulaciones encontramos aspectos que debieran ser revisados antes de su aplicación. Primero, ambas ordenanzas proponen soluciones que van contra la seguridad de las personas que se desplazan en dichos vehículos ligeros, al obligarlas a conducir junto a los automóviles. En nuestras ciudades, donde los accidentes de tránsito son la principal causa de muerte (1), es una orden “suicida”. En la Ordenanza de la Municipalidad de San Isidro se llega incluso a prohibir su circulación en la Zona Monumental del Bosque de Los Olivos y en las vías alrededor de las huacas Huallamarca y Santa Cruz, lugares por donde sí está permitido la circulación de carros.

Las recientes ordenanzas para regular la circulación de vehículos ligeros proponen soluciones que van contra la seguridad de las personas. Apuntan a los vehículos ligeros como la principal amenaza para los peatones y obvian a los carros, que son mucho más peligrosos.    

Segundo, ambas ordenanzas apuntan a los vehículos ligeros como la principal amenaza para los peatones, y obvian de su reglamentación a los carros, siendo que son tan “vehículos” como el resto, y como ya se ha mencionado, mucho más peligrosos. En la ordenanza de la Municipalidad de Miraflores se llega a prohibir que las personas crucen las vías por otro lugar que no sean las esquinas, lo cual puede tener sentido en avenidas, pero no en calles donde los peatones debieran ser quienes gobiernen el uso del espacio.

El enfoque de ambas ordenanzas trasluce el hecho de que nuestras autoridades ediles siguen pensando que la prioridad del uso del espacio público la tienen los carros, y que el resto de sistemas de movilidad deben circular en lo que queda de vías para su mejor flujo.  

En este sentido, es un esfuerzo vano prohibir lo absurdo. Ello opaca el verdadero sentido de ambos instrumentos regulatorios: velar por la seguridad de las personas y ordenar el uso comercial del espacio público.  Ambas ordenanzas permiten pensar en posibles soluciones que estarían dentro de las competencias de dichos municipios, y que podrían ser implementadas en un corto plazo:

Esta propuesta no es ninguna novedad. Sin tener que recurrir a referentes internacionales, podemos analizar el funcionamiento de la calle Libertadores y la macromanzana (2) del Trapecio Histórico en San Isidro; o el del entorno del Parque Kennedy, calles Tarata y Porta en Miraflores.  Todos estos espacios fueron rediseñados bajo ese enfoque, incrementando el espacio para los peatones y forzando la reducción de velocidad de los vehículos.

Las empresas de vehículos ligeros deben pagar por el uso del espacio público, tal como se cobra a cafés y restaurantes que ponen mesas, o a los quioscos y ferias temporales.

La recuperación del espacio público de las vías locales para las personas, y el cobro por el uso comercial del mismo a las empresas que pretenden explotarlo, deberían ser el centro de estas ordenanzas, continuando con el liderazgo que siempre ha caracterizado a ambos distritos. Es momento de superar la instancia de prueba y avanzar con acciones que devuelvan los espacios públicos a los vecinos y ciudadanos de a pie.