NUEVOS HORIZONTES PARA EL URBANISMO PERUANO
Imagen: Andina.
La semana pasada ha sido histórica para el urbanismo peruano, se han aprobado dos documentos que le darán marco jurídico y político a los instrumentos, las acciones y los proyectos que nos permitan construir ciudades más justas, saludables, competitivas, inclusivas y equilibradas con su territorio y medio ambiente; y que decantan décadas de trabajo y esfuerzo de gobiernos y diversas bancadas. Hablamos de la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, y de la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo.
“La semana pasada ha sido histórica para el urbanismo peruano, se han aprobado dos documentos que le darán marco jurídico y político a los instrumentos, las acciones y los proyectos que nos permitan construir ciudades más justas, saludables, competitivas, inclusivas y equilibradas con su territorio y medio ambiente.”
Muchos se preguntarán de qué manera estos documentos van a incidir en el mejoramiento integral de nuestras ciudades, y en la reducción del déficit cuantitativo y cualitativo de viviendas dignas que hoy padecemos, dado que si algo abunda en el Perú son leyes y reglamentos que sirven para poco más que el aplauso de quienes los gestaron. En este artículo vamos a centrarnos en la Ley, y a revisar los temas centrales en los que considero tendrán un impacto directo, y los goles que la actual gestión le deja servidos al próximo gobierno.
Primero que nada, la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible le va a dar marco y mayor soporte a los diversos reglamentos, ordenanzas e instrumentos orientados a la planificación urbana y la generación de viviendas de interés social, con ello se van a reducir los conflictos que hoy surgen por supuestas interferencias o superposición de competencias entre el gobierno nacional, los gobiernos provinciales y distritales, como por ejemplo la que ha generado la demanda competencial de la Municipalidad Metropolitana de Lima al Ministerio de Vivienda por el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación. Asimismo, aclara conceptos sobre temas que vienen siendo controversiales en la gestión urbana, como la determinación de los aportes urbanísticos y las formas de redimirlos, donde Indecopi viene interviniendo mediante denuncias por presuntas barreras burocráticas.
“Primero que nada, la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible le va a dar marco y mayor soporte a los diversos reglamentos, ordenanzas e instrumentos orientados a la planificación urbana y la generación de viviendas de interés social, con ello se van a reducir los conflictos que hoy surgen por supuestas interferencias o superposición de competencias entre el gobierno nacional, los gobiernos provinciales y distritales.”
Asimismo, plantea dos responsabilidades concretas del Estado: el derecho a la ciudad y el derecho a la vivienda, y a partir de ello propone los mecanismos para poder garantizarlos. En el caso del derecho a la ciudad, propone a la planificación urbana como el vehículo, y a los instrumentos de gestión y financiamiento urbano como el medio para construir entornos urbanos seguros y equipados; cambiando la actual política reactiva de formalizar la ocupación ilegal, o de incentivar la urbanización de suelos no equipados, por la de densificar el suelo urbano, y estimular la mixtura de usos y de productos inmobiliarios.
En el caso del derecho a la vivienda, plantea la obligación del Estado de promoverla, exigiendo su incorporación en los planes de desarrollo urbano, la determinación de un porcentaje mínimo en los nuevos desarrollos inmobiliarios, y la reserva de un porcentaje de suelo tanto en la regeneración de suelo urbano como en la creación de nuevo suelo. Para la administración de estos predios, y en general del suelo destinado a este fin, se propone la creación del Operador Público del Suelo, que nace con las competencias y autonomía necesaria para cumplir tan ambiciosa meta.
“Asimismo, plantea dos responsabilidades concretas del Estado: el derecho a la ciudad y el derecho a la vivienda, y a partir de ello propone los mecanismos para poder garantizarlos. En el caso del derecho a la ciudad, propone a la planificación urbana como el vehículo, y a los instrumentos de gestión y financiamiento urbano como el medio para construir entornos urbanos seguros y equipados.”
“En el caso del derecho a la vivienda, plantea la obligación del Estado de promoverla, exigiendo su incorporación en los planes de desarrollo urbano, la determinación de un porcentaje mínimo en los nuevos desarrollos inmobiliarios, y la reserva de un porcentaje de suelo tanto en la regeneración de suelo urbano como en la creación de nuevo suelo.”
Pone a la participación ciudadana en el centro de la toma de decisiones en torno a la planificación urbana, y propone instrumentos novedosos orientados a la generación de espacios públicos, estimular la movilidad sostenible, regenerar el suelo obsoleto, financiar los equipamientos urbanos, entre otros.
La Ley de Desarrollo Urbano Sostenible es un gran logro para el país, con su aprobación, y esperamos pronta promulgación, el Estado Peruano podrá mejorar su accionar, junto a los gobiernos locales, el sector privado y la sociedad civil; reduciendo las enormes brechas urbanas que hoy padecemos, acercándonos, y sobre todo acercándose a las y los peruanos. Para ello es fundamental que la Ley se reglamente a la brevedad, esa debiera ser la primera meta del gobierno entrante, para a partir de ello poder implementar los instrumentos ya mencionados en los diferentes niveles de gobierno, y sobre todo a nivel nacional.
Este histórico consenso político, de la sociedad empresaria y civil, debería ser el inicio de una nueva era en el urbanismo nacional.
“La Ley de Desarrollo Urbano Sostenible es un gran logro para el país, con su aprobación, y esperamos pronta promulgación, el Estado Peruano podrá mejorar su accionar, junto a los gobiernos locales, el sector privado y la sociedad civil; reduciendo las enormes brechas urbanas que hoy padecemos, acercándonos, y sobre todo acercándose a las y los peruanos.”